martes, 9 de agosto de 2016

Doce años de prisión para hombre que abusaba de su hermana menor

Colombia .- En el 2006, tras 20 años de amenazas, malos tratos, humillaciones, y violencia de todo tipo, Miriam* tomó la decisión de huir de la casa en la que vivía con su hermano. Con temor, pero apoyada por su padre, a quien le contó por primera vez los vejámenes que había sufrido, acudió a la Fiscalía para denunciar a Henry*.

No fue fácil. Temía que no le creyeran, o que la señalaran. Desde antes de sus 14 años no conocía una forma de vida diferente a la de ser dominada por su hermano mayor, quien comenzó a abusar de ella desde que era una niña, sin que sus padres se enteraran.

Su testimonio, el de sus hijos y el de conocidos llevó a que el pasado 6 de julio la Corte Suprema de Justicia confirmara una condena de 12 años de cárcel contra su hermano por violencia sexual. El alto tribunal bajó la pena de 18 a 12 años porque en el proceso no se
probó con total certeza que cada acto sexual entre los dos hermanos, durante dos décadas, fuera una violación.

En la investigación, Miriam les narró a los fiscales que pertenecía a una familia de origen rural, con poca educación, y que desde muy pequeña, en 1982, Henry la llevó con engaños a una casa en un barrio de Bogotá en donde abusó de ella. Como su hermano, 10 años mayor, “tenía una posición privilegiada en la familia, sintió que sus padres no iban a creerle, por lo que guardó silencio”, dice el proceso.

Producto de esos abusos, a los 18 años quedó en embarazo, por lo que su hermano se la llevó a vivir lejos de los padres, para que la familia no pudiera enterarse. Aunque la mujer interrumpió ese primer embarazo, producto de las relaciones sexuales que la víctima afirmó que Henry* la obligó a sostener, volvió a fecundar. Así nació su primer hijo, en 1989. En los años siguientes, hasta el 2000, Miriam quedó embarazada de tres niños más.

Durante esos años, el hermano le permitió a Miriam terminar el bachillerato y aprender enfermería. En ese camino, la mujer conoció a un hombre con quien intentó tener una relación sentimental, hecho que despertó los celos de Henry*. Así, según las pruebas, en junio del 2006 irrumpió en su cuarto, la amarró de los pies y de las manos, y abusó sexualmente de ella.

Aunque la Fiscalía le imputó a Henry el delito de violencia sexual y violencia intrafamiliar, el juez de primera instancia decidió absolverlo por los delitos sexuales y lo condenó únicamente a 16 meses de pena considerando que se trataba de un caso de violencia entre hermanos. En ese primer fallo ordenó su libertad.

Como la Fiscalía y la víctima apelaron la sentencia, el caso llegó al Tribunal Superior de Bogotá, que revocó la anterior decisión y lo condenó por violencia sexual a 18 años de cárcel, y lo absolvió por violencia intrafamiliar.

El proceso en la Corte

El fallo del Tribunal fue apelado por Henry, por lo que llegó a la Corte Suprema de Justicia. En medio de la denuncia, el abogado que contrató Henry* aseguró que la Corte no debía creer en el testimonio de la víctima, calificando como “increíble” que decidiera denunciar los hechos 20 años después.

También aseguró que no era cierto que se haya cometido la violación de junio del 2006, que fue el detonante para la denuncia, afirmando que las máximas de la experiencia indican que en términos de relaciones sexuales “unas veces gustan y otras veces no”.

Si bien la Corte asegura que no es posible probar que cada vez que “sostuvo relaciones sexuales con su hermano lo hizo en contra de su voluntad”, afirmó que la víctima terminó aceptando esta situación “porque no tuvo otra opción”, y porque dependía de Henry* económicamente para la manutención de sus cuatro hijos, que nacieron con enfermedades congénitas.

La Corte desvirtuó las afirmaciones de Henry recordando que los hijos de la víctima contaron en el proceso los malos tratos que sufría Miriam. Así, el alto tribunal aseguró que en el 2006, cuando la mujer decidió huir de la vivienda, “esa última relación sexual fue una manifestación violenta de Henry para hacerle entender a la ofendida que él era quien tenía el control de su vida sexual”.

Finalmente, la Corte aseguró que la violencia sexual y la violencia intrafamiliar no pueden tipificarse con una misma conducta, pues en este caso la violencia sexual quedo demostrada con los abusos y el acto sexual violento de junio del 2006; y la violencia intrafamiliar, con “los constantes maltratos físicos y psicológicos (...), golpizas, insultos, amenazas para que no se atreviera a abandonarlo, el control sobre su tiempo y su dinero”.

42 % de casos de violencia sexual vienen de un familiar

En el 2015, el Instituto de Medicina Legal realizó 22.155 pruebas a víctimas de delitos sexuales. De esa cifra, en los casos en los que la víctima identificó a su agresor (19.081), el 42,36 por ciento involucra a un familiar. (Lea también: Ocho de cada 10 víctimas de violencia sexual fueron niños y jóvenes)

Dentro de la violencia sexual incestuosa, Medicina Legal reportó que el principal abusador es el padre, con 1.582 víctimas registradas; seguido del tío, con 1.278.

Y el año pasado se registraron 14.899 casos de violencia entre familiares, distinta a la cometida contra el adulto mayor y los niños. Según las investigaciones, 9.831 víctimas eran mujeres y 5.066, hombres. La mayor parte de las víctimas tienen un nivel de escolaridad bajo, pues el 58 % contaban con un grado de básica primaria.
Fuente: El Tiempo.-

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